CUANDO EL EMPLEADO NO PUEDE RENUNCIAR

CUANDO EL EMPLEADO NO PUEDE RENUNCIAR

¿Sabias qué? El Código de Trabajo de Rep.Dom., le prohíbe al empleado renunciar de su trabajo cuando el empleador le pagado la especialización en una área específica de su trabajo. Este debe laboral para su empresa por lo menos el doble del tiempo de la especialización y hasta 2 años. 

 

10563120_782597931791746_8070560874758196776_n 1601895_782597918458414_4704699010431802591_o
Qué pasa cuando este es contratado por otra empresa? La ley establece que tanto el ex empleado como el nuevo empleador son civilmente responsables no solo de pagar los costos invertidos sino de los posibles daños y perjuicios que le pudieran causar a la empresa afectada.
Conoce tus derechos. Consulta gratuitamente a sus abogados. Conéctate, participa e instrúyete. Llama ahora 809-686-6841. info@duarteytejada.com

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.

Abrir Chat
¡Escríbenos ahora!
¡Hola! ¿En qué podemos ayudarte?