19 Ago CUANDO EL EMPLEADO NO PUEDE RENUNCIAR
¿Sabias qué? El Código de Trabajo de Rep.Dom., le prohíbe al empleado renunciar de su trabajo cuando el empleador le pagado la especialización en una área específica de su trabajo. Este debe laboral para su empresa por lo menos el doble del tiempo de la especialización y hasta 2 años.
Qué pasa cuando este es contratado por otra empresa? La ley establece que tanto el ex empleado como el nuevo empleador son civilmente responsables no solo de pagar los costos invertidos sino de los posibles daños y perjuicios que le pudieran causar a la empresa afectada.
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