19 Ago ALQUILASTE TU CASA Y NECESITAS OCUPARLA PERO EL INQUILO ESTA AL DIA EN SU RENTA Y SE NIEGA ENTREGARLA VOLUNTARIAMENTE? Que hacer
Nuestra ley prevé que cuando el inquilono se atrasa en el pago por lo menos con 2 meses puedes desalojar por falta de pago. Pero este se mantiene al día en el pago de la renta. En este caso existe un procedimiento especial llamado CASA PEDIDA mediante el cual recupera tu casa o apartamento. Pasos a dar:
1. Hacer declaración jurada ante notario haciendo constar que vas a ocuparla personalmente y no pretende alquilarla. Que no tienes otra propiedad.
2. Certificación de la DGII donde que no tienes otro apartamento o casa.
3. Registrar el contrato en el dpto., de alquileres del Banco Agricolas asi como una certificación donde conste que has depositado por lo menos 1 meses de depósito.
4. Documentos que demuestren tu derecho de propiedad.
5. Instancia de tu abogado solicitando la autorización del desaloji por casa pedida.
Despues de escuchado el inquilino el depto. De control de alquileres de casas y desahucios le otorgará un plazo no menor al inquilino de 6 meses para que se mude voluntariamente. Vencido este plazo y no entrega la vivienda, entonces.
6. Debes demandar la homologacion de la ordenanza por ante el juzgado de oaz corriente. Este tribunal ordenara el desalojo inmediato. Esta sentencia sera ejexutoria provisionalmente no obstante cualquier recurso que se interponga.
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